En la carrera de Baltasar Garzón, en demasiadas ocasiones, ha habido instrucciones de sumarios, muy poco “secretos”, que han valido para engordar la fama y el ego del juez, pero no para hacer justicia. Muchas veces los acusados se han ido de rositas (1) demostrándose que, o bien eran inocentes (y por tanto no debieron ser acosados por la Audiencia Nacional , en procesos interminables, y puestos en la picota por filtraciones constantes), o bien eran culpables que se libraban del castigo (y por tanto se demostraba que la instrucción del juez había sido lamentable). Esa querencia terrible por las cámaras y la popularidad mediática, a menudo ha hecho que el magistrado haya buscado con métodos non sanctos procurarse su presencia en telediarios y demás medios, a costa de lo que fuera.
Como decía en un artículo reciente Díaz Herrera (autor de un libro sobre la vida de Garzón) “basta leer algunos de los libros publicados sobre sus actuaciones, y no desmentidas nunca por el instructor, para enterarse de que ha prefabricado pruebas, ha ido a la Moncloa a entrevistarse con Felipe González con el sumario de los GAL en un maletín, ha coaccionado a algunos testigos y ha rehecho supuestamente algunos sumarios, como el de Monzer Al Kassar (otro personaje no recomendable pero que tiene derecho a una Justicia justa), mandando cambiar informes policiales, autos, etcétera.”
Da la sensación, que Garzón es un metomentodo, diligente para investigar sólo si la trascendencia que pueda tener la causa en los medios de comunicación le reporta primeras páginas, potenciador del efecto mediático facilitando la permeabilidad en su sala para las filtraciones interesadas, y poco trabajador, cuando la causa no le reporta fama y popularidad.
En octubre del 2008, el juez Garzón se autodeclaró competente para investigar a los desaparecidos del franquismo y la Guerra Civil. Por aquel entonces, la Fiscalía entendía que era otro exceso del magistrado estrella, puesto que esas investigaciones “ya están contempladas en la Ley de Memoria Histórica y los hechos son, en todo caso, competencia de los juzgados territoriales, ya que el concepto de crímenes contra la humanidad que Garzón esgrime para declararse competente, comenzó a aplicarse desde los juicios de Nuremberg en 1945 y no tiene efectos retroactivos.” Francesc de Carreras (catedrático de derecho constitucional y columnista en La Vanguardia , opinaba en un artículo que Garzón no se atenía "a la prudencia con la que debe actuar un juez porque las bases en que se funda no parecen muy sólidas. Veamos. Por un lado, se trata de delitos que, en todo caso, jurídicamente han prescrito, la irretroactividad en materia penal debe aplicarse de forma estricta y sin delito a la vista no hay proceso posible. Por otro lado, no parece tampoco que la Audiencia Nacional sea el órgano competente para atender a los demandantes; se hace extraño pensar que la vía penal – única en la que Garzón puede intervenir legalmente- pueda ser un procedimiento adecuado para aplicar lo que establece la llamada ley de la Memoria Histórica , recientemente aprobada, de carácter eminentemente administrativo”.
Sorprendía más si cabe la actitud del magistrado mediático, al saberse que unos años antes (1998) según Díaz Herrera ”cuando la Asociación de Familiares y Amigos de Víctimas del Genocidio de Paracuellos del Jarama pidió que se procesara a Santiago Carrillo, en aplicación de la nueva doctrina sentada por la Audiencia Nacional en el caso Pinochet y los dictadores sudamericanos, que conllevaba la aplicación retroactiva del delito de genocidio, incorporado a nuestro derecho positivo en 1995. Garzón inadmitió la querella ad limine (de plano) por supuesta falta de legitimidad de los denunciantes, sin llamarles siquiera a ratificarse ni pedirles que acreditaran su personalidad jurídica (error habitualmente subsanable por otros instructores). Además, les acusó de «falta de rigor jurídico, mala fe procesal, abuso de derecho y fraude de ley”.
Es decir, que Garzón, por lo que parece, se declararía competente o no en materia de crímenes contra la humanidad, según fuera la ideología del personaje a investigar.
El sindicato Manos Limpias en mayo de 2009, presentó una querella contra Garzón por entender que había habido prevaricación de Garzón al declararse competente en este caso y el magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela ha transformado recientemente las diligencias en un procedimiento abreviado, por lo que Garzón se sentará en el banquillo. Esta decisión podría conllevar su suspensión provisional el próximo 22 de abril.
ESTO ES LO QUE HAY
Es lo que hay. No ha lugar a interpretaciones de persecución política, pues como sostenía Francesc de Carreras, “Plantear el caso como un enfrentamiento entre derechas e izquierdas me parece equivocado: las piezas no encajan. No encaja, por ejemplo, el papel del juez Luciano Varela y de la señora Margarita Robles, actual miembro del CGPJ”. Y es que Varela, el juez del Supremo que investiga a Garzón, es de todo, menos franquista. Fundador de la asociación Jueces para la Democracia, y autor del borrador de la Ley del Tribunal del Jurado popular, es un juez que podríamos denominar progresista. Aquí se investiga si ha habido un nuevo exceso del juez estrella por querer salir en la foto. Y si eso es prevaricación o no, habrá jueces en el Tribunal Supremo y en el CGPJ que lo determinarán, que para eso saben más del tema que todos nosotros.
La injerencia, la presión intolerable, los editoriales de la prensa extranjera (a favor y en contra) y los insultos de estos días, no son más que artificios y conductas impropias de quienes las protagonizan (que por otra parte, son los de siempre).
NOTAS:
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